El misterioso silencio de la UCR sobre Fernando de la Rúa

La historia verdadera todavía tiene agujeros enormes por investigar y completar pero ya es evidente que la Operación Banelco no existió, y el ardid de Hugo Moyano para desgastar a Fernando de la Rúa (con la denuncia de una flexibilización laboral que antes Moyano había llegado a negociar con el Ministerio de Trabajo) derivó en una ofensiva política que continuó con la truculenta renuncia de Carlos Álvarez a la vicepresidencia de la Nación, y concluyó con el golpe de Estado de 2001. Pero lo increíble es el silencio presente de la UCR, luego del fallo judicial favorable a los imputados falsamente por Mario Pontaquarto.


por EDGAR MAINHARD
 
CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24). El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3 de la capital federal difundió días atrás los fundamentos de la sentencia que, el 23/12/2013, absolviera a todos los acusados en el juicio oral en el marco de la causa N° 857/07 caratulada "Cantarero, Emilio Marcelo y otros s/ cohecho", en la que se investiga el presunto pago de sobornos en el ámbito del Senado de la Nación, durante abril de 2000, para lograr la aprobación de la Ley 25.250 (mal apodada por Hugo Moyano, "ley Banelco").
 
El tribunal -integrado por los jueces Guillermo Gordo, Miguel Pons y Fernando Ramírez- absolvió de culpa y cargo a Fernando De la Rúa, Alberto Flamarique, Ricardo Branda, Fernando De Santibañes, Augusto Alasino, Alberto Tell, Remo Constanzo y Mario Pontaquarto (a quien, además, quitó del programa de Protección de Testigos).
 
Transcurridas algunas jornadas de espera prudencial, hay una pregunta que no tiene respuesta:¿Por qué la Unión Cívica Radical no reivindicó aún a Fernando de la Rúa, cuya honestidad fue ratificada con amplitud en el fallo judicial? 
 
El silencio de la UCR obliga a actualizar la especulación que afirma:
 
1. Que el golpe de Estado contra Fernando de la Rúa, concretado en diciembre de 2001, pudo haber comenzado con la erosión política de la difusión (en el diario La Nación, con la firma de Joaquín Morales Solá, quien probablemente ignoraba el móvil de su informante), de lo que ahora se comprueba fue una mentira (la compra de votos en el Senado para sancionar una flexibilidad laboral, cuya aprobación en Diputados no había merecido ninguna compra de votos cuando se trata de una Cámara habitualmente más conflictiva).
 
2. Que hubo líderes muy importantes de la UCR (en especial, la bonaerense) tan cómplices como los del PJ (especialmente, el bonaerense) en la conspiración contra el Presidente de la Nación de ese momento, acontecimientos que transcurrieron todo 2000 y desembocaron en diciembre de 2001.
 
Algunos de esos líderes de la UCR habrían encontrado un aliado no buscado en la aparente voluntad del entonces vicepresidente de la Nación, Carlos Álvarez, en acortar el mandato constitucional de Fernando de la Rúa, a quien probablemente subestimaba política e intelectualmente.
 
La UCR ni siquiera ha denunciado algo que surge ahora con mucha verosimilitud: que todo el escándalo del supuesto testigo arrepentido Mario Pontaquarto (a quien el ex UCR Daniel Bravollevó al despacho del ex jefe de Gobierno porteño y aliado de 'ChachoÁlvarez, Aníbal Ibarra, quien a su vez llevó a Pontaquarto al despacho de Alberto Fernández, jefe del Gabinete de Ministros de la Nación, su amigo, y quizá ya por entonces su cuñado), fue un acontecimiento cuyas motivaciones verdaderas deben ser investigadas, incluyendo la difusión de la larga entrevista a Pontaquarto en la revista TXT, propiedad de un empresario de notables buenas relaciones con la Administración Kirchner.
 
La UCR afirma que la honestidad sigue siendo una virtud política pero no revindica una situación que demuestra que ningún Presidente radical estuvo manchado por la sombra de la corrupción, comportamiento casi habitual entre los mandatarios justicialistas, que imitan a los antiguos conservadores. ¿Qué es lo que ocurre con la UCR? ¿Cuál es la historia del caso, puertas adentro del antiguo partido en crisis? ¿Acaso su crisis presente se remonta a los acontecimientos que llevaron al derrocamiento de Fernando de la Rúa, y antes a impedir que Ricardo López Murphy fuese ministro de Economía, quien por entonces era afiliado radical?
 
El silencio de la UCR sólo ayuda a explicar que la crisis enorme que acumula ese partido político, seguirá pesando sobre sus afiliados y dirigentes porque el silencio es complicidad.
 
Que Fernando de la Rúa no fuese el Presidente que ellos ambicionaban (nunca pudieron despegar de la figura de Raúl Alfonsín, sin siquiera profundizar en los motivos que llevaron al descalabro del gobierno 1983-1989), no justifica ni la conspiración ni la condena anticipada ni, ahora, la ausencia de reivindicación.

Acerca del fallo judicial, algunos fragmentos insoslayables acerca de la complicidad del Poder Judicial para mantener viva una causa que debió haberse cerrado mucho antes. La genuflexión de los magistrados ante el Ejecutivo Nacional es preocupante y motivo de que la Justicia siga siendo la institución más señalada como vinculada a la corrupción por la opinión pública:
 
> "(...) Finalmente, el Tribunal no pierde de vista que la sustanciación del proceso no fue producto exclusivo del impulso de las partes acusadoras, sino también de la actuación de diversos jueces de instrucción que empeñosamente sostuvieron la existencia de mérito para continuar con la investigación y luego para enjuiciar a los imputados; sin embargo, visto que la actuación de aquellos magistrados también fue puesta en crisis a partir de las consideraciones efectuadas ut supra, dicha razón no impide la condenación en costas dado que el incorrecto proceder de unos no excusa el de otros, máxime cuando se goza de independencia funcional a efectos de lograr el mandato constitucional de “afianzar la justicia”. (...)"
 
> "(...) La forma en que procedió del juez Daniel Eduardo Rafecas, examinada a lo largo de este pronunciamiento, patentiza su parcialidad y falta de ecuanimidad en la investigación de los hechos, quedando en evidencia sus objetivos preordenados, a cuyo fin cercenó a lo largo de esa etapa el adecuado ejercicio del derecho de defensa, ya sea por sus infundadas suposiciones o por su torcida interpretación de las pruebas. Por ello, también aquí cabe traer a colación lo dicho por el Tribunal en la sentencia dictada en la causa Nº 487/00 acerca de la garantía de ser juzgado por un juez imparcial. Al respecto se dijo: “Si bien la Constitución Nacional de 1853-1860 no fijó de modo expreso la garantía de la imparcialidad del juez, ella fue reconocida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación al señalar que ‘no es dudoso que las cuestiones de recusación se vinculan con la mejor administración de justicia, cuyo ejercicio imparcial es uno de los elementos de la defensa en juicio’ (Fallos: 198:78 y 257:132, entre otros). (...)".

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