CFK "violó" la Ley de Medios para dedicarle una cadena a Scioli


La Presidenta volvió a hacer un acto transmitido a todo el país para pasarle factura al gobernador, hablar de la crisis europea y de un evasor. La legalidad.



La presidenta Cristina Fernández de Kirchner utilizó la cadena nacional hoy para inaugurar una fábrica de maquinaria agrícola en la localidad de General Rodríguez y aprovechó para  "pasarle factura" a Scioli, hablar de la crisis europea y hasta denunciar a una empresa evasora.
Casi todas las semanas, la mandataria aparece -invariablemente vestida de negro y acompañada de la intérprete de lengua de señas- en algún punto del país para hacer un anuncio o inaugurar algún emprendimiento. Incluso aprovecha para enviar mensajes a sus aliados. "Lo que yo tenga que decirte, te lo digo por cadena nacional", le habría dicho el viernes por teléfono a Scioli, según informa Ámbito Financiero.
Pero lo cierto es que la cadena nacional debe utilizarse en "situaciones graves, excepcionales o de trascendencia institucional". Así lo estipula la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual aprobada en 2009, durante el primer mandato de Cristina Kirchner.
"El Poder Ejecutivo nacional y los poderes ejecutivos provinciales podrán, en situaciones graves, excepcionales o de trascendencia institucional, disponer la integración de la cadena de radiodifusión nacional o provincial, según el caso, que será obligatoria para todos los licenciatarios", estipula el artículo 75 de la ley 26.522
Los licenciatarios de radio y televisión, además, están obligados a reproducir la cadena nacional: quienes no cumplan enfrentan penas que pueden ir desde multas (de hasta el 10% de la facturación publicitaria mensual del medio) hasta la suspensión de la publicidad y el eventual retiro de la licencia de transmisión. Pero la Ley de Medios no establece límites ni restricciones a la cantidad veces que un gobernante puede apelar a la cadena nacional, ni a su duración.
"La Presidenta viola su muy querida Ley de Medios porque, en los tres supuestos del artículo 75, la afición por el show mediático que indudablemente tiene supera las taxativas enumeraciones que allí se hacen", argumentó el abogado constitucionalista Ricardo Monner Sans en diálogo telefónico conPerfil.com.
"No están dadas, en las últimas intervenciones de Cristina, las condiciones ni de gravedad, ni de excepcionalidad, ni de trascendencia institucional, salvo que ella quiera interpretar que excepcionalidad y trascendencia son las apoyaturas para el desarrollo de campañas publicitarias de cara o hacia la pervivencia del kirchnerismo-cristinismo", concluyó.

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