El kirchnerismo propone quitarle funciones a la Corte Suprema

No es buena la relación entre la Corte Suprema de Justicia de la Nación y el Frente para la Victoria. Eso habla bien de la mayoría de los ministros de la Corte, quienes pese a las limitaciones, insisten en la independencia del Poder Judicial. Pero tiene un costo político importante. Por ejemplo, el diputado nacional (La Rioja-FpV), Jorge Yoma, presentó un proyecto de ley para crear el Tribunal Nacional de Casación por Arbitrariedad, que se abocaría a las sentencias de tribunales inferiores que fueron apeladas ante la Corte Suprema, a quien así se le quitan competencias. La UCR rechaza la iniciativa.







CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24). El kirchnerismo presentó un proyecto de ley para crear el Tribunal Nacional de Casación por Arbitrariedad y quitarle esa facultad a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El Tribunal Nacional de Casación por Arbitrariedad que tendría asiento en la Ciudad de Córdoba se abocaría a las sentencias arbitrarias que se interpongan  no sólo de los tribunales inferiores federales, sino también nacionales, provinciales y de la ciudad de Buenos Aires.
El autor de la iniciativa es el legislador kirchnerista, Jorge Yoma que fundamentó su proyecto en la necesidad de aliviar el trabajo de la Corte. “Cierto es que el volumen de causas en las que entiende el Máximo Tribunal hoy, supera con creces lo imaginable, y sus posibilidades de ofrecer un servicio de justicia en plazos razonables que satisfagan las expectativas de los justiciables”, señala el diptuado riojano en su proyecto.
"Hoy contamos con una Corte Suprema de Justicia prestigiosa, con integrantes seleccionados con aplicación de mecanismos de participación ciudadana, tanto en el ámbito del Poder Ejecutivo, como ante el Senado de la Nación a los efectos de la obtención de sus respectivos acuerdos. Sin embargo, aún no hemos solucionado la sobrecarga del tribunal. Por ello se propone este Tribunal Nacional de Casación por Arbitrariedad. El objeto de la sanción que se promueve es descargar a la Corte Suprema de esta competencia cuyo alcance ha modelado con sus fallos, y asignársela a un tribunal específico para que los justiciables encuentren protección frente a las sentencias arbitrarias emanadas de tribunales inferiores, sean estos federales, nacionales, provinciales o de la Ciudad de Buenos Aires", escribió Yoma en su propuesta.
El primero en encender la luz amarilla fue el diputado Ricardo Gil Lavedra. El jefe del bloque radical en la Cámara baja rechazó la iniciativa al considerar que la definición sobre esas sentencias debe continuar en manos de la Corte.
Si bien desde el Máximo Tribunal no contradijeron los aspectos técnicos de la iniciativa, hay cierta desconfianza sobre el verdadero interés del proyecto, que sería el primer paso para restarle poder a la Corte.
El proyecto 2770-D-2012 que fue girado a las Comisiones de Justicia y Presupuesto y Hacienda establece la creación de un Tribunal Nacional de Casación por Arbitrariedad "integrado por siete (7) miembros quienes deberán reunir las condiciones exigidas para ser miembro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Serán designados por el procedimiento de los artículos 99 inciso 4 (segundo párrafo) y 114 de la Constitución Nacional, previa audiencia pública y difusión en todas las provincias de los pliegos sometidos a consideración del Senado. Gozarán de las garantías del artículo 110 de la Constitución Nacional. Prestarán juramento ante el presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.
El proyecto del Tribunal Nacional de Casación por Arbitrariedad
Fundamentos
En nuestro régimen institucional se distribuyeron las competencias entre los tres poderes del Estado, dotando al Poder Judicial de la Nación de la facultad de tener el conocimiento y decisión de todas las causas que versen sobre puntos regidos por la Constitución, y por las leyes de la Nación; y del control difuso de constitucionalidad, reservando a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la decisión final en materia de control de constitucionalidad. Fue calificada así como la garante de la supremacía de la Constitución y su máxima intérprete.
Sin embargo, aun cuando las normas atributivas de competencia no se modificaron, ya que los textos de la Constitución Nacional reproducen los históricos de 1853/60, y la ley 48 tampoco fue modificada en sus artículos 14, 15 y 16, cierto es que el volumen de causas en las que entiende el Máximo Tribunal Federal hoy, supera con creces lo imaginable, y sus posibilidades de ofrecer un servicio de justicia en plazos razonables que satisfagan las expectativas de los justiciables.
En una tendencia sumamente elogiada, la Corte creó pretorianamente la doctrina de las sentencias arbitrarias (Fallos: 112:384, caso "Rey, Celestino M. c/Rocha, Alfredo y Eduardo" de 1909), y extendió así su esfera de competencia al interpretar que constituye una cuestión federal a los fines del recurso extraordinario, toda sentencia arbitraria que no importe una derivación razonada del derecho vigente, por violar el debido proceso y el derecho de defensa en juicio (arts. 18 y 33 de la Constitución Nacional).

Comentarios

Entradas populares